Deberes y Derechos del Paciente
Cumple tus Deberes:
- Entregar información veraz acerca de sus antecedentes clínicos, hábitos de vida, enfermedades, efectos adversos que le causen ciertos medicamentos, identidad y dirección.
- Conocer y cumplir los reglamentos y/o protocolos internos, las normativas técnicas en Salud de observancia general, así como con las específicas que determinen dichos servicios, cuando estén haciendo uso de las prestaciones que brinden.
- Cumplir con las prescripciones generales para el cuidado y mejora de tu salud. Asumir responsabilidad por las consecuencias si se rehúsa a hacerlo.
- Cuidar y hacer un buen uso de las instalaciones y equipamiento de la clínica.
- Informarse acerca del nombre de su médico, los horarios de atención y las formas de pago.
- Informarse acerca de los costos que se generarán producto de la atención, así como ser responsable por el pago de los gastos generados durante su atención.
- Informarse acerca de los procesos de canalización de sugerencias y reclamos.
- Tratar respetuosamente al personal del servicio de salud como a los pacientes, usuarios o acompañantes
Derechos de las personas usuarias de los servicios de salud:
Derecho al Acceso los Servicios de Salud
- A la atención de emergencia, sin condicionamiento a la presentación de documento alguno.
- A la libre elección del médico o IPRESS.
- A recibir la atención con libertad de juicio clínica.
- 4. A una segunda opinión medica
- Al acceso a servicios, medicamentos y productos sanitarios adecuados y necesarios.
Derecho al Acceso a la Información
- A ser informado adecuada y oportunamente de sus derechos en calidad de persona usuaria.
- A conocer el nombre del médico responsable de su atención, así como de los profesionales a cargo de los procedimientos.
- A recibir información necesaria y suficiente sobre las condiciones para el uso de los servicios de salud, previo a recibir la atención.
- A recibir información necesaria y suficiente sobre su traslado dentro o fuera de la IPRESS; así como otorgar o negar su consentimiento, salvo justificación del representante de la IPRESS.
- A recibir de la IPRESS información necesaria y suficiente, sobre las normas, reglamentos y/o condiciones administrativas vinculadas a su atención.
- A recibir de su médico tratante y en términos comprensibles, información completa, oportuna y continuada sobre su propia enfermedad y sobre las alternativas de tratamiento.
- A decidir su retiro voluntario de la IPRESS expresando esta decisión a su médico tratante.
- A negarse a recibir o continuar un tratamiento. (Bajo su responsabilidad).
- Derechos a ser informado sobre la condición experimental de productos o procedimientos, así como de sus riesgos y efectos secundarios.
Derecho a la Atención y Recuperación de la Salud
- A ser atendido por personal de la salud autorizados por la normatividad vigente.
- A ser atendido con pleno respeto a su dignidad e intimidad, buen trato y sin discriminación.
- A recibir tratamientos científicamente comprobados o con reacciones adversas y efectos colaterales advertidos.
- A su seguridad personal, a no ser perturbado expuesto al peligro por personas ajenas a la IPRESS.
- A autorizar la presencia de terceros en el examen médico o cirugía, previa conformidad del médico tratante.
- Al respeto del proceso natural de su muerte como consecuencia del estado terminal de la enfermedad.
Derecho al Consentimiento Informado
- Al consentimiento informado por escrito en los siguientes casos:
- Cuando se trate de pruebas riesgosas, intervenciones quirúrgicas, anticoncepción quirúrgica o procedimientos que puedan afectar su integridad, salvo caso de emergencia.
- Cuando se trate de exploración, tratamiento o exhibición de imágenes con fines docentes.
- Antes de ser incluido en un estudio de investigación científica.
- Cuando reciba la aplicación de productos o procedimientos en investigación.
- Cuando haya tomado la decisión de negarse a recibir o continuar el tratamiento, salvo cuando se ponga en riesgo su vida o la salud pública.
- Cuando el paciente reciba cuidados paliativos.
Protección de Derechos
- A ser escuchado y recibir respuesta de su Queja o Reclamo por la instancia correspondiente, cuando se encuentre disconforme con la atención recibida.
- A recibir tratamiento inmediato y solicitar reparación en la vía correspondiente, por los daños ocasionados en la IPRESS.
- A tener acceso a su historia clínica y epicrisis.
- Al carácter reservado de la información contenida en su historia clínica.